Se divide en dos multas de 206.620.000 euros por cada una de las infracciones cometidas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha ratificado en el día de hoy la sanción histórica a Booking.com por “abusar de su posición de dominio e infringir los artículos 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). (S/0005/21)”(Multa histórica de la CNMC a Booking: 486 millones de euros).
Los diferentes recursos presentados por la agencia online han derivado en una reducción de cantidad, que pasa de los 486 millones previstos inicialmente a 413. Se divide en dos multas de 206.620.000 euros por cada una de las infracciones cometidas (Booking: la sanción de la CNMC es “completamente desproporcionada”).
Estas son la imposición de una serie de condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España; y la restricción de la competencia de otras agencias de viajes en línea a la hora de ofrecer servicios de intermediación en línea de reservas a los hoteles situados en España.
Además, Competencia le impone varias obligaciones de comportamiento para garantizar que “ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro”.
“Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación”, concluye el organismo.
Como publicó Preferente, la CNMC abrió el expediente sancionador contra Booking en octubre de 2022. Dio este paso tras detectar posibles “prácticas restrictivas de la competencia” que vulneran la Ley 15/2007, y el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la UE.