La Audiencia Provincial de Baleares ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la compañía estadounidense Central Santa Lucía, L.C., confirmando el auto dictado en enero de 2023 por el Juzgado de Primera Instancia número 24, que “ya declaró la falta de jurisdicción de los tribunales españoles” para conocer del procedimiento frente a Meliá Hotels International, la República de Cuba y la sociedad cubana Gaviota, S.A.
En aquel momento se decretó el sobreseimiento de las actuaciones, y el Juzgado archivó por segunda vez la demanda presentada por la familia cubana Sánchez Hill contra Meliá Hotels International y su socio cubano, la compañía estatal Gaviota, por la explotación de dos hoteles en Cuba. La primera vez que se archivó la demanda fue en septiembre de 2019, y en todas las ocasiones el motivo ha sido el mismo: la falta de jurisdicción del juzgado.
La sede de Meliá Hotels International en Mallorca. Fuente: Hosteltur
Y ahora, además, la Audiencia Provincial ha hecho expresa condena en costas a Central Santa Lucía, L.C. En un comunicado difundido este martes por la compañía hotelera con sede en Mallorca se aclara que contra el auto emitido por la Audiencia Provincial balear no cabe la interposición de ningún recurso. Melia, que ha estado defendida por la firma de abogados Garrigues ha manifestado su “satisfacción por la contundencia de la resolución” judicial.
Cabe precisar que este procedimiento deriva de la reclamación por esta compañía frente a Meliá de una supuesta indemnización por negocios en Cuba que según la demandante implicarían la utilización ilícita de propiedades que se definen en la ley Helms Burton como “confiscadas”, argumentos que no han encontrado respaldo judicial en ninguna de las instancias exploradas por la demandante.