
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha fijado límites a la aplicación del ‘Gran Hermano’ turístico de Marlaska tras la imposición de una sanción de 9.000 euros a un hotel de Blanes (Gerona) por escanear el DNI de un cliente y extraer sus datos personales (Rebelión de la hotelería europea contra el ‘Gran Hermano’ de Marlaska).
Según apunta Vozpópuli, se trata de la primera resolución contra un complejo hotelero por prácticas relacionadas con el polémico Real Decreto 933/2021, el cual viene siendo criticado por toda la cadena de valor turística. Hasta ahora, la plataforma SES Hospedajes, ha registrado 275.060 empresas: 266.439 alojamientos, 2.324 compañías de alquiler de vehículos, 5.649 agencias de viajes y 648 plataformas digitales.
En el caso sancionado, el cliente del Hotel & Spa Beverly Park de Blanes se negó a que su DNI fuera escaneado al hacer el check-in. Ante la negativa, el personal del hotel copió sus datos personales desde el documento mediante un ordenador (Marlaska siembra el caos: “Los viajeros se niegan a dar datos”).
Según la AEPD, este procedimiento supone un tratamiento excesivo e innecesario, contrario al principio de minimización de datos recogido en la normativa europea. A juicio de la agencia, existen otros métodos para verificar la identidad del huésped sin necesidad de conservar copias o imágenes del documento.
Como publicó Preferente, el decreto obliga desde diciembre de 2024 a hoteles, agencias de viajes, empresas de alquiler de vehículos y plataformas digitales a recabar y comunicar hasta 42 datos personales y bancarios de sus clientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Entre la información exigida figuran nombre y apellidos, sexo, número de documento de identidad, nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia, teléfonos, correo electrónico, número de acompañantes, relación familiar si viajan menores, y los datos de la transacción realizada.