
En el Boletín Oficial de Canarias explican que la autoridad gubernativa tiene la obligación de “velar por el mantenimiento de las condiciones mínimas de salubridad, seguridad e higiene en los establecimientos alojativos afectados por la huelga”, por lo que fija servicios mínimos del 15% al 25%, dependiendo el área de trabajo:
- Pisos y limpieza: 1 retén de limpieza por establecimiento y día: 15% plantilla por turno y día.
- Recepción y Conserjería: 25% de plantilla por establecimiento, turno y día (mínimo 1 por turno).
- Mantenimiento: 25% de plantilla por establecimiento, turno y día (especificando las funciones
- Restaurantes: garantizar cada día de huelga el montaje de 1 buffet en desayuno, almuerzo y cena para los clientes alojados: mínimo 15% de plantilla por establecimiento, turno y día.
- Cocina: mínimo 15% de la plantilla por establecimiento, turno y día

La medida busca garantizar las condiciones mínimas de salubridad, seguridad e higiene en los hoteles de Tenerife, La Gomera, La Palma y El Hierro. Fuente: AdobeStock.
Para fijar los servicios mínimos, la Consejería se basa en la normativa sobre relaciones de trabajo de 1977, que establece que “cuando una huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la autoridad gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios”.
En este caso, la Consejería señala que la huelga coincide con la Semana Santa, con ocupaciones en torno al 95% y con la presencia de niños y personas con alguna discapacidad, lo cual justifica la necesidad de mantener servicios de manutención, limpieza o seguridad, sin que estos servicios mínimos sean incompatibles con el derecho de huelga.
Comisiones Obreras (CCOO) ha anunciado que recurrirá ante la Justicia estos servicios mínimos por considerar que vulnera el derecho a la huelga, ya que la industria turística no es una actividad esencial.