Riu ha optado por finalizar su pulso legal que mantenía con el Ministerio de Hacienda, por una deducción aplicada en el Impuesto de Sociedades durante los años 2007, 2008 y 2009, al optar por no presentar un recurso de casación ante la Audiencia Nacional contra la sentencia de noviembre de 2022, según informa Cinco Días.
La cadena mallorquina se aplicó un beneficio fiscal durante tres ejercicios con una plusvalía de 5,8 millones de euros que había conseguido mediante la venta de una finca en Chipiona. Esta propiedad fue comprada por Riu en 2004 y la vendió dos años después generando dicha plusvalía.
El principal punto de discordia se refiere a la naturaleza de la citada deducción por reinversión de beneficios. Riu entiende que esa parcela se debe considerar como inmovilizado y que por lo tanto podía aplicarse el citado beneficio fiscal.
“Logró una rentabilidad cerca del 40%. Todo ello en escasamente dos años. Es una operación típicamente inmobiliaria, en relación con un inmueble ajeno a toda utilización previa por la entidad, tanto si dicha operación se acompaña como no de previas redacciones de proyectos de futura explotación hotelera o solicitud de licencias”, señala la sentencia.