
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró que Ryanair vulneró el derecho a huelga y la libertad sindical durante las convocatorias realizadas por los tripulantes de cabina de USO en 2022 y 2023. El fallo ratifica que la aerolínea incurrió en prácticas contrarias a los derechos fundamentales durante el desarrollo de las protestas (El Supremo declara “ilegal” la huelga de Ryanair en Sevilla en 2022).
Más concretamente, el tribunal avala la resolución emitida el 22 de diciembre de 2023 y mantiene que la actuación de Ryanair DAC infringió los derechos de los sindicatos convocantes y de los trabajadores que participaron en las huelgas entre junio y julio de 2022, así como en la convocada entre el 8 de agosto de 2022 y el 7 de enero de 2023. Así, la empresa deberá abonar 187.515 euros a los sindicatos demandantes.
Entre las conductas señaladas por la Justicia figuran la falta de información al comité de huelga sobre vuelos protegidos y su asignación a los tripulantes, la introducción de cambios obligatorios en los turnos de trabajo, el uso de personal para sustituir a huelguistas y la apertura de expedientes disciplinarios.
El fallo cierra así el proceso judicial iniciado por USO-Sector Aéreo. El sindicato ha destacado que “el derecho a la huelga en este país esté esencialmente limitado a unos servicios mínimos abusivos”, añadiendo que la revisión judicial posterior “llega tarde en su reparación”, lo que, a su juicio, resta efectividad al mecanismo de protección.
